Acuerdo y Sentencia Número 62 del 6 de julio de 2010, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala (Paraguay), bajo la matriz de los lineamientos de igualdad y no discriminación

Secretaría de Género 3 de agosto de 2026 Fuero Civil Artículo

1. Análisis de los DDHH vulnerados, contexto, sujeto de derecho y categorías protegidas

  • Sujeto de derecho y contexto: La sentencia identifica a la Sra. NN, quien solicita el divorcio vincular contra el Sr. WW tras un matrimonio de años marcado por la violencia. El contexto es un proceso de divorcio por la causal de sevicia, malos tratos e injurias graves.
  • DDHH vulnerados: Se analiza la vulneración del derecho a la integridad física, psíquica y sexual, y el derecho a vivir una vida libre de violencia.
  • Categoría protegida: La resolución identifica claramente la discriminación por género y la protección especial de la mujer bajo marcos internacionales como la Convención de Belém do Pará.


2. Identificación de relaciones de poder, estereotipos y barreras en el acceso a la justicia

  • Relaciones de poder: La providencia reconoce explícitamente que la violencia doméstica se basa en "relaciones asimétricas de poder entre hombres y mujeres" y en el control ejercido por el hombre sobre la mujer.
  • Estereotipos y barreras: Se analiza y critica el "familismo", definido como una forma de sexismo dentro del patriarcado que prioriza una supuesta "unidad familiar" por encima de los derechos y la seguridad de la mujer. Asimismo, la sentencia derriba la barrera legal del Art. 172 del Código Civil que prohibía el testimonio de parientes cercanos en casos de divorcio, argumentando que en situaciones de violencia, el ámbito privado no puede ser una zona de impunidad.

  

3. Desarrollo de la debida diligencia y análisis de las pruebas recaudadas

  • Análisis probatorio: El tribunal realiza una revisión exhaustiva y cronológica de pruebas que abarcan nueve años de agresiones constantes (1998 a 2007), incluyendo múltiples denuncias policiales, manifestaciones ante fiscalías y resoluciones judiciales de exclusión del hogar del agresor.
  • Debida diligencia: La magistrada preopinante valida las pruebas instrumentales presentadas desde el inicio de la demanda, a pesar de las objeciones procesales de la contraparte, garantizando que la verdad material sobre la violencia no sea ocultada por tecnicismos.


4. Examen y aplicación de instrumentos internacionales y jurisprudencia de DDHH

  • Instrumentos: La sentencia aplica de forma directa la Convención de Belém do Pará para erradicar la violencia contra la mujer y menciona leyes nacionales que incorporan tratados internacionales (Leyes 1215/86 y 1638/2001).
  • Jurisprudencia: Se utiliza jurisprudencia comparada y doctrina especializada (como la de Cecilia Grosman) para definir la gravedad de las injurias y la admisibilidad de testimonios familiares en contextos de crisis matrimonial.


5. Análisis y aplicación del Control de Convencionalidad

  • Aplicación: La resolución realiza un control de convencionalidad al determinar que las normas del Código Civil (redactadas bajo una concepción antigua de familia) deben ceder ante el sistema de protección de derechos humanos.
  • Primacía normativa: El fallo concluye que desconocer los hechos de violencia sería hacer "tabula rasa de la normativa de rango supralegal". Establece que la Ley 1600/00 y los tratados internacionales han modificado implícitamente las restricciones probatorias del Código Civil en favor de la tutela de derechos esenciales.

 

 

6. Complejidad, hermenéutica, perspectiva de género y enfoque pedagógico

  • Perspectiva de género: Es transversal en toda la resolución. Explica que la violencia no es un hecho aislado sino un ejercicio de control masculino.
  • Hermenéutica y Pedagogía: La sentencia es altamente pedagógica al explicar el "ciclo de la violencia" y cómo la conducta agresiva de una víctima a menudo es una reacción de autopreservación o legítima defensa ante el maltratador, por lo que no puede ser usada para atribuirle "culpa" en el divorcio.
  • Reparación: Al declarar la culpa exclusiva del marido, la sentencia otorga una forma de justicia y reparación simbólica a la víctima, validando sus nueve años de denuncias previas.

 

 Resumen:  Esta sentencia se considera un modelo ejemplar de incorporación de la perspectiva de género y aplicación de estándares internacionales en la justicia civil paraguaya.


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