8 de Agosto de 2018

Acordada N° 642/2010

Por la cual se dispone que las denuncias sobre violencia doméstica ingresadas fuera del horario normal de atención al público de los Juzgados de Paz de la Capital, sean canalizadas a través de la Oficina de Atención Permanente de la CSJ


Por la Acordada N° 642/2010 se dispuso que las denuncias sobre violencia doméstica ingresadas fuera del horario normal de atención al público de los Juzgados de Paz de la Capital serán canalizadas a través de la Oficina de Atención Permanente de la CSJ, la cual las derivará a los Juzgados de Paz de la Capital. Además estableció los turnos semanales para los Juzgados de Paz de la Capital, entre otros puntos relacionados con el procedimiento a seguir. 


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